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NUEVO TRAMO DE LÍNEA DE CRÉDITO PARA LA INVERSION PRODUCTIVA
Fecha:07/08/2015 | Revista: Info Pluss | Edición: AGO/2015
A través del correspondiente instrumento legal, se ha implementado un nuevo tramo de la Línea de Crédito para Inversión Productiva (LCIP) que cuenta con fondos para el segundo semestre de 2015 equivalentes a $52 mil millones de pesos
Mediante la Circular “A” 5771 el BCRA estableció el segundo tramo del cupo 2015 de la Línea de Créditos para la Inversión Productiva con características similares al primero. El cupo a colocar será del 7,5% de los depósitos a mayo/15 del sector privado no financiero. Se extiende su aplicación a algunas empresas no MiPymes; a operaciones recibidas con tasa máxima regulada; a asistencia a emisoras de tarjetas del Programa Ahora 12; a asistencias al sector público para adquisición de automotores y maquinaria vial y a préstamos personales para la adquisición de viviendas bajo determinadas condiciones.
También se incrementa el monto que se puede colocar en descuentos de cheques y otros documentos. De los $52 mil millones de pesos previstos, de los cuales el 35% estarán destinados exclusivamente al financiamiento de descuento de cheques de pago diferido y el 60% a proyectos de inversión de mediano y largo plazo, ambos cupos de uso exclusivo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMEs). La LCIP será nuevamente ofrecida a través de los 30 principales bancos públicos y privados del país y se encuentra disponible para su solicitud en dichas entidadesfinancieras a partir del 1° de julio de 2015.
El cupo de la lcip para mipymes permite:
• El descuento de cheques al 18% anual durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2015, cuyo vencimiento debe ser igual o superior al 31 de diciembre de 2015, en función del siguiente cupo:
AGOSTO: 13.000 millones de pesos
SEPTIEMBRE: 2.600 millones de pesos
OCTUBRE: 2.600 millones de pesos
• La financiación de proyectos a una tasa de interés fija del 18% anual con un plazo mínimo de 3 años, extensibles a 5 años, en este último caso con una tasa variable para los últimos dos años del crédito equivalente a tasa BADLAR + 0,5%. El cupo previsto para créditos para inversión productiva es de $31.200 millones de pesos. La línea permite financiar nuevamente hasta el 20% del crédito solicitado en concepto de capital de trabajo incremental asociado al proyecto de inversión.
• Los proyectos de inversión de PyMEs que se encuentren en localidades de menor densidad poblacional o que radiquen inversiones en dichas localidades – según la Circular CREFI–2- del BCRA - serán priorizados dentro del cupo por parte de los bancos.
Las condiciones de tasa, plazos y destinos de financiación de la línea mencionadas previamente son de uso exclusivo para PyMEs según la definición vigente[1].
Adicionalmente, el nuevo tramo de la LCIP habilitó fondos por hasta el 20% del cupo – 10.400 millones de pesos – con destino a empresas que no cumplen con la definición de MiPyME vigente, verificaron una facturación anual promedio en los últimos 3 años no superior a $337,5 millones de pesos y exportan menos del 20% de sus ventas. Dichas empresas podrán acceder a créditos a TASA FIJA como mínimo a 3 años, la cual deberá ser acordada con cada entidad y no podrá exceder la tasa BADLAR + 2%.
MiPymes conforme la clasificación de Sepyme. “Serán consideradas micro, pequeñas y medianas empresas, aquellas que registren hasta el siguiente nivel máximo de valor de las ventas totales anuales, según el sector de actividad” (Ver cuadro)
SECTOR | Agro | Ind.y Minería | Comercio | Servicios | Construccion |
---|---|---|---|---|---|
Monto en millones de pesos | $ 54 millones | $ 183 millones | $ 250 millones | $ 63 millones |
$ 84 |
[1] Se consideran PyMEs del sector manufacturero aquellas empresas cuya facturación promedio de los últimos 3 años fue inferior a 270 millones de pesos, pudiendo deducir de dicho tope hasta el 50% de sus exportaciones (Resolución SEPYME 357/15 del 29 de junio de 2015, publicada el 1° de julio de 2015 en el B.O.. Para más información véase Circular UIA-CFS N° 006/2015).
Fuente: Lic. Fernando Castro