
Cortito y al pie: Cómo afectará Ganancias en el pago del aguinaldo
Fecha:23/01/2014 | Revista: Info Pluss | Edición: ENE/2014
Tanto en diciembre de 2012 como en junio de este año, el Poder Ejecutivo dispuso que se exceptuara del pago de Ganancias a las cuotas correspondientes del sueldo anual complementario. Luego de las elecciones legislativas de agosto, el Gobierno acordó subir el piso de Ganancias, pero algunos gremios especulaban con la posibilidad de otra medida que favorezca frente a este tributo. En tal sentido el recién asumido Jefe de Gabinete Capitanich en un encuentro con la prensa puso fin a tales pretensiones descartando excepciones sobre el medio aguinaldo de fin de año.
Sigue en vigor el decreto que exime del impuesto a los que no pasaron de $15 mil brutos en ninguno de los ocho primeros meses de 2013.
El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, anunció el día 2 del corriente mes mediante conferencia de prensa, que el aguinaldo de diciembre no será exceptuado del Impuesto a las Ganancias, como así también aclaró que tampoco habrían bonos navideños o pagos extra para trabajadores y jubilados.
En referencia a la No exceptuación del pago de ganancias sobre el Aguinaldo, el jefe de Gabinete, mencionó que el Gobierno no evalúa eximir del pago del impuesto a las Ganancias a la última cuota del aguinaldo, como lo hizo a mitad de año, (a pesar de que diversos gremios expresaran ese pedido) debido a que Argentina se encuentra en medio de un déficit fiscal creciente.
En consecuencia, la pregunta del millón sería: ¿quién pagaría entonces el impuesto sobre el aguinaldo?
En principio, sigue en vigor el decreto Nº1.242, que exime del impuesto a los que no pasaron en ninguno de los meses que hubo entre enero y agosto (ambos incluidos) de los $15.000 como sueldo mensual bruto.
Por ende, el contribuyente que había quedado exento por citado decreto no tiene que preocuparse tampoco por el anuncio de Capitanich: su aguinaldo sigue tan exento como el resto de su sueldo. Sólo pagarán Ganancias por sueldo y por aguinaldo los que tuvieron un sueldo bruto superior a $15.000 en alguno de los ocho primeros meses de 2013.
En resumen, pagarán Ganancias por el aguinaldo dos grupos de contribuyentes:
* Los que cobraron entre $15.000 y $25.000 en alguno de esos ocho meses y
* Los que en alguno de esos meses cobraron más de $25.000.
A su vez, es dable mencionar que el impacto de Ganancias sobre el aguinaldo será muy diferente en función del mes en que se cobre. Para los que reciban el aguinaldo en diciembre, el impacto será mayor porque la parte de Ganancias se retendrá de una sola vez.
Sin embargo, los que cobren el aguinaldo en los primeros cuatro día hábiles de enero de 2014 terminarán pagando lo mismo por Ganancias pero en 12 cuotas, con retenciones a lo largo de todo el año 2014. Si bien la ley de Contrato de Trabajo establece que el aguinaldo debe cobrarse el último día de diciembre, hay fallos que autorizan su abono en los cuatro primeros días hábiles de enero.