
REINTEGRO DEL IVA A LOS SERVICIOS DE ALOJAMIENTO A TURISTAS EXTRANJEROS
Fecha:17/05/2017 | Revista: Info Pluss | Edición: MAY/2017
A partir del 2 de enero de 2017 se reintegra el IVA por alojamiento y desayuno (cuando éste se encuentre incluido en el precio del hospedaje brindado) a turistas extranjeros.
Sujetos alcanzados
Los hoteles, hosterías , pensiones, hospedajes , moteles ,campamentos , apart hoteles y similares , así como las agencias de turismos del país- estas últimas siempre que estén habilitadas por el Ministerios de Turismo y que revistan la calidad de responsable inscripto en el IVA.
Requisitos para el reintegro del iva
1. Que se trate de servicios de alojamiento y desayuno (incluido en el precio del primero)
Cabe aclarar, que la venta de bienes olas demás prestaciones o locaciones de servicios que se realicen en forma conjunta o complementaria con los servicios de alojamiento no están alcanzadas por el reintegro, debiendo facturarse en forma discriminada
2. Que las operaciones la realicen los sujetos inscriptos en IVA.
3. Que los servicios se presten a un turista extranjero (se consideran turista extranjero a toda persona que ingrese en el territorio dela República Argentina sin tener su residencia habitual en el país , y permanezca en el mismo sin exceder el plazo máximo de 90 días )
4. Que el pago se realice mediante tarjeta de crédito o débito internacional emitida en el exterior o por transferencia de divisas Se aclara que si el turista paga en efectivo o en moneda extranjera el reintegro no es procedente
Reintegro
El monto a reintegrar es el IVA (21%) sobre el importe neto gravado correspondiente a los servicios alcanzados sobre la tarifa fijada por la noche de habitación , que surge en la factura emitida por el establecimiento que presta el servicios . dicha tarifa debe reflejar las condiciones de mercado existentes.
El reintegro se hace efectivo de manera automática en el mismo momento en que se factura el servicio gravado, detrayendo el importe del IVA correspondiente en la factura, debiendo abonar el turista extranjero o intermediario, según el caso el importe neto.
Aspectos para verificar a los beneficiarios
Al momento de la contratación del servicio de alojamiento deberán identificar a la totalidad de los huéspedes que harán uso del servicio y verificar que se cumplan con el requisito de residencia en el exterior.
• Apellido y Nombre
• Nacionalidad
• País de residencia
• N° de pasaporte /documento de identidad extranjero
• Tarjeta de crédito o débito emitida en el exterior.
El hotel deberá guardar la documentación que acredite la identidad del huésped junto con el duplicado de la factura emitida y conservarla en archivo
Facturación
Las operaciones se facturaran en forma discriminada, esto es en forma separada respecto de las restantes operaciones que no tengan el beneficioSe establece un régimen de emisión de comprobantes electrónicos originales de los siguientes comprobantes
• Factura clase T
• Nota de débito clase T
• Nota de crédito clase T
Deberán emitirse por alguna de las siguientes opciones
• Servicio comprobante en línea
• Intercambio de información del servicios web
Deberá utilizarse un nuevo punto de venta para la emisión de las facturas electrónicas T
El régimen definitivo resultara obligatorio a partir del 01 de abril del 2017
Exposición en declaración jurada de iva
El impuesto al valor agregado generado por las operaciones incluidas en el régimen de reintegro, deberá ser informado como Tur IVA según lo previsto por la RG 715.
A tal fin en los datos generales de la declaración jurada, deberá consignarse un tilde en Tur IVA.En el régimen transitorio se expone de la misma manera que en el definitivo
Régimen de información
Se establece un régimen de información mensual respecto de las operaciones sujetas a reintegro de IVA, la información se suministrara por mes calendario, hasta el 15 del mes inmediato siguiente al periodo mensual a informar.
La AFIP y el Ministerio de Turismo coordinaran y desarrollaran las acciones de verificación y fiscalización, de acuerdo a sus respectivas funciones y facultades intercambiando información entre ellos.
Fuente: Cra. Analia Teseyra