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AFIP prorroga Ganancias Sociedades: cuál es el nuevo vencimiento

La AFIP brinda más tiempo para que las empresas realicen la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias para sociedades

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) brinda más tiempo para que las empresas realicen la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias para sociedades que hayan cerrado su ejercicio anual en diciembre de 2021. El nuevo plazo operará los días 23, 24 y 26 de mayo. La fecha prevista para el pago es el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada. La prórroga alcanza a las empresas que cerraron balances en diciembre de 2021.

La Resolución General 5189/2022 extiende el plazo original que comenzaba a vencer a mediados de mayo para facilitar el cumplimiento de las obligaciones. Los contribuyentes deberán utilizar el aplicativo "Ganancias personas jurídicas - versión 20.0" que puede descargarse en www.afip.gob.ar/Aplicativos/gciasPersonasFisicasSociedades/default.asp.

AFIP prorroga Ganancias Sociedades

Aquellos contribuyentes que por error hayan presentado la declaración jurada una versión anterior del aplicativo deberán volver a ingresar los datos con la versión actualizada. El aplicativo introduce la nueva escala progresiva de impuesto a las Ganancias para las sociedades aprobada por ley el año pasado.

Como parte de su estrategia de simplificación y digitalización, la AFIP comenzó a trabajar en el diseño de los servicios web que, como sucede con distintos tributos, reemplacen el uso del aplicativo para las futuras presentaciones de declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para sociedades. Los servicios en línea son compatibles con dispositivos móviles y pantallas táctiles, no requiere que los usuarios realicen actualizaciones y permite que todos los contribuyentes operen con la misma versión en línea, entre otras ventajas.

AFIP autónomos

La Administración Federal de Ingresos Públicos informa que entre el 5 y 9 de mayo, vence la determinación e ingreso de aportes y contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social para trabajadores autónomos, correspondientes al mes de abril de 2022.

A partir de este mes se aplica el incremento correspondiente a la movilidad previsional de marzo.

Autónomos: acceda a los nuevos valores

Al respecto, la AFIP dio a conocer los nuevos valores de los aportes a la seguridad social que deberán abonar los trabajadores autónomos.

Los montos actualizados ya se encuentran en plena vigencia y son de aplicación para el período devengado correspondiente a dicho mes.

Autónomos AFIP: ¿cuáles son los medios de pago habilitados?

Los medios de pago habilitados son:

  • Cheque propio, financiero y cancelatorio
  • Transferencia electrónica de fondos
  • Tarjetas de crédito
  • Débito automático en cuenta bancaria
  • Billetera electrónica
  • Reintegro por cumplimiento de pago

 

 

 

Fuente de la Información: www.iprofesional.com

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