
Ganancias y Bienes Personales: qué pago de impuestos y declaraciones juradas vencen en julio
La AFIP extendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas. Cómo quedan las fechas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.
La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes.
La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.
La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera) estaba prevista para mediados de junio.
El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4721 (AFIP) publicada en el Boletín Oficial.
Nuevas fechas de Ganancias y Bienes Personales
Acontinuación el detalle de las nuevas fechas de vencimiento:
Ganancias y Bienes Personales
CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación de la declaración jurada hasta el 24 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 27 de julio inclusive.
CUIT 4, 5 y 6: presentación de la declaración jurada hasta el 27 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 28 de julio inclusive.
CUIT 7, 8 y 9: presentación de la declaración jurada hasta el 28 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 29 de julio inclusive.
Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera)
CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación y pago hasta el 27 de julio inclusive.
CUIT 4, 5 y 6: presentación y pago hasta el 28 de julio inclusive.
CUIT 7, 8 y 9: presentación y pago hasta el 29 de julio inclusive.
Fuente de la Información: www.iprofesional.com