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La AFIP refuerza el control de gastos con tarjetas de crédito

20-08-2014 Como medida complementaria al control de las compras a través de los portales en Internet, el fisco nacional decidió potenciar el régimen de información que se nutre de los datos brindados por las entidades administradoras de sistemas de plásticos

 

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, busca reforzar la avanzada para la cual ya destinó más de un centenar de inspectores del organismo de recaudación: controlar las compras que se realizan a través de Internet, en el país y en el exterior.

Puntualmente, el fisco apunta así a investigar los sitios web donde se venden diversos bienes y, a partir de las respectivas direcciones electrónicas, rastrear los lugares donde se entregan los productos con el fin de corroborar si efectivamente esos domicilios funcionan en regla, si se comercializan mercaderías que entraron por contrabando y si tienen la situación fiscal en orden.

Por lo tanto, el control fiscal sobre las páginas de compra online apunta a frenar una parte de la fuga de dólares que se registra a diario. 

La mira en los plásticos
La AFIP ya tiene en su poder el "arma" que le permite seguir al minuto las compras con los plásticos, tanto de paquetes turísticos como de bienes en páginas web chinas. 

Se trata, ni más ni menos, del régimen de tarjetas de crédito que en su comienzo abarcaba a las personas que consumían más de $3.000 al mes y que luego se generalizó para todo el universo de contribuyentes que utilizan este medio de pago a la hora de comprar.

Según la reglamentación, las entidades emisoras de las tarjetas deben informar mensualmente de manera online los datos vinculados con las operaciones realizadas por esta vía.

Más precisamente, conforme señala la norma, las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de crédito deben declarar mes a mes:

  • Los vendedores, locadores y prestadores de servicios adheridos al sistema.
  • Las operaciones que hayan sido canceladas mediante la utilización de plásticos de crédito y débito. 
  • La emisión de nuevas tarjetas generadas tanto aquí como en el exterior. 

Con respecto a los locales y comercios adheridos a la red, el fisco nacional requiere de:

  • Apellido y nombres, denominación o razón social. 
  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). 
  • Domicilio. 
  • Situación frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA). 
  • Rubro o actividad. 
  • CUIT de la entidad financiera pagadora.

Asimismo, el régimen obliga a detallar, en relación con los titulares de las citadas tarjetas emitidas en el país:

  • Apellido y nombres, denominación o razón social. 
  • Tipo y número de documento. 
  • Número de tarjeta o de cuenta. 
  • Domicilio. 
  • Cantidad de tarjetas adicionales extendidas. 
  • CUIT de la entidad financiera emisora. 
  • Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales. 

De tratarse de titulares de tarjetas emitidas en el exterior, la AFIP también solicita:

  • CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora. 
  • CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.

Por lo tanto, la AFIP está en condiciones de llevar adelante un rastreo minuto a minuto de los gastos de cada ciudadano y, a partir de su análisis, actuar en consecuencia.

 

Fuente de la Información: http://www.iprofesional.com/notas/194296-La-AFIP-refuerza-el-control-de-gastos-con-tarjetas-de-crdito

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