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Quiénes ganan y quiénes pierden con el nuevo ajuste por inflación

Las empresas podrán ajustar impuestos de acuerdo a la inflación pero a partir de la ley de emergencia las ganancias o pérdidas se imputarán en seis años

Muchas empresas cuyo balance cierra el 31 de diciembre del año pasado aguardaban poder realizar un ajuste impositivo por inflación. De acuerdo con la ley 27.468, desde aquel entonces comenzó el segundo período a partir del cual puede realizarse un ajuste si la inflación anual supera el 30%, y este miercoles se conoció que en 2019 fue de 53,8 %. Hasta noviembre el valor que debía superarse era del 55%, pero a partir del 2021 será del 15%.uchas empresas cuyo balance cierra el 31 de diciembre del año pasado aguardaban poder realizar un ajuste impositivo por inflación. De acuerdo con la ley 27.468, desde aquel entonces comenzó el segundo período a partir del cual puede realizarse un ajuste si la inflación anual supera el 30%, y este miercoles se conoció que en 2019 fue de 53,8 %. Hasta noviembre el valor que debía superarse era del 55%, pero a partir del 2021 será del 15%.

La ventaja que esta situación representaba ha quedado diluida a partir de la ley de emergencia votada a fines del año pasado, dado que en ella se estableció que la ganancia o pérdida por inflación se imputará en seis años, dividiendo una parte por año, y no en tres como estaba previsto.

El consultor Alberto Mastandrea, socio de la consultora BDO especializado en impuestos, en apuntó un ejemplo que clarifica la situación: "Si una empresa tiene una ganancia histórica de $ 1 millón y el ajuste por inflación arroja una pérdida de $ 1.200.000, la conclusión es que perdió $ 200.000. "En un país normal, no se tributaría sobre la pérdida. Pero acá se toma ese millón de ganancia nominal, se le resta un sexto del ajuste ($ 200.000) y se paga sobre $ 800.000".

Entonces, las empresas que tengan una pérdida histórica, si el ajuste arroja ganancia resultarán ganadores. En este sector están contempladas aquellas compañías que tengan deuda a partir de créditos tomados con su casa matriz.

En ese caso, Si la empresa tiene una pérdida nominal de $ 800.000 y el ajuste arroja una ganancia de $ 1.200.000, en vez de declarar una base imponible para Ganancias de $ 400.000 y pagar sobre ese monto, declara un quebranto de 600.000, los $ 800.000 de pérdida menos $ 200.000; un sexto de la ganancia de $ 1.200.000.

"Pero como los préstamos se cayeron, en las firmas medianas que no están tan endeudadas el ajuste genera una mayor pérdida fiscal, porque las ganancias que da el ajuste no se pueden aplicar en un solo año, sino que hay que dividirlas en seis", explicó Mastandrea, en diálogo con Clarín, dejando en claro que serán las que pierdan.

Varias empresas que proyectan que no podrán hacer frente al impuesto planean iniciar juicios contra el Estado, ya que consideran que el tributo en cuestión resulta confiscatorio.-

Fuente de la Información: www.iprofesional.com

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