
SALTA - Línea de crédito: Asistencia Financiera de Emergencia al sector comercial, turístico y gastronómico
Mediante Decreto 625/20 del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable del gobierno de Salta entra en vigencia esta línea de créditos destinada a los comercios afectados por la Pandemia por COVD19
Ante la Pandemia por COVID19 y el impacto negativo en los segmentos economicos y productivos de la provincia, el Gobierno de Salta anuncio recientemente una serie de medidas con el objetivo de ayudar a paliar la dificil sitiuacion por la que atreviesan.
Por ello adjuntamos informacion sobre esta linea de crédito denominada de Asistencia Financiera al sector comercial, turistico y gastronómico:
1. OBJETO: Financiar las inversiones en activos de trabajo, a través de la modalidad de descuento de cheques de pago diferido individuales emitido por el beneficiario.
2. BENEFICIARIOS: Son destinatarios los sujetos y empresas dedicados a la explotación de locales comerciales, turísticos y gastronómicos, dentro del territorio provincial, y que se encuentren asociados a la Cámara de comercio e industria de la provincia de Salta. EXCLUSIONES: No podrán ser beneficiarios de la presente línea las empresas de sectores que desarrollen su actividad mediante la modalidad de comercio electrónico y aquellas dedicadas la comercialización de productos farmacéuticos y el comercio masivo de productos alimenticios, higiene personal y/o limpieza (tales como los supermercados).
3. MONTO: Se establece un monto nominal máximo para cada operación de crédito de hasta $ 360.000.-(Pesos trescientos sesenta mil c/00/100) por beneficiario.
4. DESTINO DEL CRÉDITO: Las asistencias crediticias tendrán como destino el financiamiento de inversiones en activos de trabajo por parte del rubro comercial y gastronómico.
5. PLAZOS Y FORMAS DE PAGO: Los créditos serán otorgados a un plazo máximo de hasta 180 (ciento ochenta) días bajo la modalidad de descuento de cheques de pago diferido. Los cheques deben emitirse distantes en hasta 30 (treinta) días entre cada uno de ellos. Se establecen plazos de descuento de 30, 60, 90 y 120 días corridos respectivamente, contando a partir de los 60 días de la fecha de liquidación del crédito. Los cheques de pago diferido deben ser emitidos por el beneficiario directo del crédito. Para determinar el valor del crédito a liquidar, el beneficiario deberá presentar hasta 4 (cuatro) cheques de pago diferido, hasta la suma nominal anual fijada en el punto 3 del presente, a los que se le aplicará un descuento de hasta 90,120,150 y 180 días respectivamente calculados con la tasa indicada.
6. INTERESES: Por cada cheque de pago diferido se practicará un descuento o actualización equivalente a la aplicación de la tasa de interés Nominal Anual Pasiva vigente del Banco de la Nación Argentina para depósitos a plazo fijo a 30 días.
7. GARANTÍA: El tomador deberá garantizar el pago de cada una de las cuotas mediante la entrega de cheques de pago diferido los que quedarán en el Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable del Gobierno de Salta.
8. VIGENCIA: La presente línea se mantendrá vigente hasta el día 31 de diciembre de 2020.-
La misma se gestiona a través de la Camara de Comercio e Industria de la provincia de Salta, www.comerciosalta.com; hacienda@comerciosalta.org.ar; gerencia@comerciosalta.org.ar; whtasApp: 3874-732102/103
Fuente de la Información: www.comerciosalta.com